Hemos redactado este artículo para aclarar qué tipo de urgencia dental podemos atender. Ante la situación actual provocada por el COVID-19 estamos siguiendo los protocolos internacionales y las recomendaciones que nos emite el Consejo General de Dentistas. El principio básico de dichas recomendaciones es limitar al máximo la emisión de aerosoles y salpicaduras.
En anteriores artículos hemos explicamos cuáles son las urgencias odontológicas que podemos atender pero queremos ir más allá porque hemos recibido muchas llamadas preguntando por diferentes tratamientos. En estos momentos el Consejo General de Dentistas insiste en la clara definición de urgencia dental y las situaciones que enumeramos a continuación no podemos considerarlas como urgencias:
- Cementado de una corona, puente fijo o corona provisional.
- Una pieza dental fracturada sin presencia de dolor.
- La rotura de cualquier tipo de prótesis removible.
- Una caries sin dolor.
- Revisiones de ortodoncia u ortodoncia invisible.
Hasta nueva orden por parte de los órganos competentes no podemos realizar ningún tratamiento que ponga en riesgo la salud de nuestros pacientes y la nuestra propia. Por supuesto, seguiremos atendiendo cualquier urgencia dental severa que puedan presentar los martes y jueves en horario de 10:00 a 14:00 horas.
Esperamos haberles podido aclarar nuestras limitaciones con respecto a la atención dental que podemos prestar en estos difíciles momentos.
Ponemos a su disposición el teléfono 650.103.541 para cualquier duda o consulta que les pueda surgir.